miércoles, 25 de agosto de 2010

La Ley de Violencia de Género no discrimina a los hombres, según el Constitucional

Es así como titula el diario 20 minutos el pasado 17 de agosto un artículo que hace eco de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional el mes pasado.

El recurso por inconstitucionalidad presentado desde un juzgado de Albacete, indicaba que era incompatible el principio de igualdad y discriminatorio para el varón, al imponerse una condena superior si él es el autor de las lesiones producidas en el ámbito de la pareja.

El TC rechaza el recurso, y sostiene que esas agresiones "son más graves y más reprochables socialmente" porque se producen en un contexto de desigualdad en el ámbito de las relaciones de pareja. Es decir, agresiones machistas. También considera que "una agresión supone un daño mayor en la víctima cuando el agresor actúa conforme a una pauta cultural -la desigualdad en el ámbito de la pareja- generadora de gravísimos daños a sus víctimas y dota así consciente y objetivamente a su comportamiento de un efecto añadido a los propios del uso de la violencia en otro contexto".

Existen numerosos/as juristas críticos/as que consideran que vulnera el principio de igualdad y la presunción de inocencia de los varones. Éstos abogan por tratar de forma individual cada caso para determinar si se debe aplicar el agravante de violencia de género.

¿Y tú, que opinas?

Noticia fuente: 20 minutos

No hay comentarios: