La sección tercera de la Audiencia en Cantabria ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander, de condenar a 60 euros por delito de amenazas a un hombre que según relata la sentencia , trató de presionar a su expareja de diversas formas con el fin de reanudar su relación.
Pues bien. Según indica la sentencia, para el tribunal se trata de dos menores de edad, por lo tanto no pueden ser calificados como pareja (art. 172 del código penal). Solo lo sería si hubiera finalidad de constituir una pareja estable, y debido a la edad de ambos en aquel momento , el tribunal define la relación como de enamoramiento que puede prolongarse más o menos en el tiempo, pero nunca de pareja estable.
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Noticia fuente: Noticias yahoo
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