lunes, 13 de junio de 2011

La violación como arma de guerra en Libia



El fiscal jefe del Tribunal Penal Internacional (TPI), el argentino Luis Moreno Ocampo, asegura que está investigando las acusaciones sobre el uso de las violaciones por parte del ejército libio como arma en el conflicto contra los rebeldes.

Moreno Ocampo ha declarado durante estos últimos días que le ha llegado información de que el régimen de Muamar el Gadafi "compró contenedores de medicamentos como Viagra" para incitar a sus soldados a la violencia sexual. Ocampo indicó en una comparecencia en Nueva York que en un principio no estaba claro de qué nivel del Gobierno salió la instrucción sobre la violación de civiles, pero que luego recibió indicios de que el propio Gadafi resolvió imponer la violencia sexual como pena para presuntos opositores del régimen.

La violación como arma de guerra vuelve a estar tristemente de actualidad.

El objetivo de la violación es un objetivo estratégico y táctico que se utiliza para alcanzar objetivos muy claros. El principal fin es el de ejercer el control sobre las mujeres y sus comunidades y como forma de tortura basada en el genero persigue intimidar, humillar, desempoderar, y conquistar. Ha sido un arma utilizada universalmente para negarles y arrebatarles a las mujeres su dignidad y destruir su identidad como mujeres y como parte de la comunidad.

Las consecuencias de la violación como arma de guerra son brutales. En muchos de los conflictos actuales las mujeres sufren la amenaza continua de la violación y todo lo que conlleva, el posible contagio con HIV, embarazos no deseados, graves problemas de salud, el estigma social así como los traumas y discapacidades resultantes de todo ello.
Además a la hora de obtener justicia, las mujeres y las niñas afrontan obstáculos adicionales, a veces insuperables, debido al estigma que marca la violencia sexual y a la posición de desventaja que ocupa la mujer en la sociedad. Sean civiles o combatientes, refugiadas o desplazadas, el impacto de la guerra tiene un peso especial para las mujeres.

Este nuevo caso de uso de la violación como arma de guerra en Libia se une a la ya larga lista negra de conflictos donde se ha documentado la vulneración sistemática de los derechos de las mujeres y las niñas. Estas prácticas no son en modo alguno una novedad, si no que se remonta a tiempos muy antiguos. Durante la Segunda Guerra Mundial fueron miles los casos de violaciones sistemáticas, sin embargo estos crímenes no fueron juzgados en los Juicios de Nuremberg. Los casos mas reciente están ampliamente documentados y son casos tan conocidos como los conflictos de Sudan (2005), República Democrática del Congo (1998), la ex Yugoslavia (1992-1995), Ruanda (1994), Liberia (1999), Sierra leona (1991), Nepal (1996), Perú (1980), o Guatemala (1962) entre otros.

Reconociendo la urgente necesidad de una aplicación universal a la mujer de los derechos y principios relativos a la igualdad, seguridad, libertad, integridad y dignidad de todos los seres humanos, el 18 de diciembre de 1992, el Consejo de seguridad de las Naciones Unidas declaró que la detención y violación masiva, organizada y sistemática de mujeres era un delito internacional que debía abordarse.

Desde aquí las Igualias queremos expresar nuestra Indignación. Seguiremos este caso con la esperanza de que se haga Justicia y el tribunal de la Haya sea implacable con los autores de estos crímenes contra todas las mujeres.

Queremos terminar recordando los artículos 1 y 4 de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (1993), de la ONU:

Artículo 1:

“Por "violencia contra la mujer" se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada"

Artículo 4:

“Los Estados deben condenar la violencia contra la mujer y no invocar ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir su obligación de procurar eliminarla. Los Estados deben aplicar por todos los medios apropiados y sin demora una política encaminada a eliminar la violencia contra la mujer.”

Para mas información:

Página del Tribunal Penal Internacional
Relatora especial de la ONU sobre la Violencia contra la mujer
Amnistia Internacional
Banco de Datos feminicidio

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